domingo, 25 de septiembre de 2016

04/10/1925 ~ Altercado en el coso soriano.

El domingo 4 de octubre, se celebró en el coso soriano de San Benito una corrida de toros con seis ejemplares de Vicente Muriel para los diestros Emilio Méndez, Antonio Sánchez y Gregorio Garrido. La corrida resultó un desastre y durante la lidia del cuarto toro un espectador soriano faltó al respeto del torero Emilio Méndez iniciándose una violenta discusión con otro espectador que defendía al injuriado. Este segundo espectador era el torero Juan Anlló y Orrios “Nacional II” que como uno más del público asistía a la corrida en Soria.

La discusión acabó en pelea extendiéndose a los acompañantes de los dos jóvenes. Uno de ellos (nunca se supo exactamente quien aunque se inculpó a un joven soriano médico de profesión) golpeó en la cabeza con una botella al torero y Nacional II se defendió a bastonazos. Ambos fueron reducidos por la policía y conducidos a la enfermería para ser explorados y atendidos. En principio el soriano fue remitido a casa por parecer su estado reservado y a Nacional se le dejó salir a la calle por no apreciarse lesiones de importancia, pero al salir continuaron las broncas e incidentes entre los amigos de ambos con lo que al final Juan Anlló fue enviado al juzgado y de ahí a la cárcel provincial en el hoy Palacio de la Audiencia.

En el juicio, los guardias que le custodiaban en el calabozo afirmaron que el torero estaba muy nervioso, se arrancó los vendajes y se dio de cabezazos contra los muros de su calabozo.  Pronto el torero solicitó asistencia médica pues no se encontraba bien. Los médicos le atendieron en la prisión y el juez no le permitió salir para ser examinado al hospital. Al día siguiente su estado de salud empeoró, perdió el conocimiento y el juez autorizó el traslado del torero a su alojamiento en el Hotel Comercio donde fue operado de urgencia por un médico venido expresamente de Madrid que le practicó una trepanación para aliviar la presión intracraneal producida por una hemorragia cerebral consecuente a los golpes recibidos. Pero la medida no fue suficiente y el torero murió a primera hora de la tarde del 6 de octubre de hace ochenta y nueve años.

Al poco tiempo se inició la investigación judicial y los interrogatorios aunque la prensa nacional y escritores como Ernest Hemingway ya juzgaron y condenaron a todos los sorianos que quedamos como unos bárbaros y asesinos, los más brutos del país, iniciándose así una leyenda negra que perduró muchos años. Una de las medidas adoptadas por la Asociación de Matadores de Toros fue la de negarse a firmar contratos para torear en Soria con lo que la plaza de Soria quedó vetada hasta 1927.

Como ejemplo de esta campaña de desprestigio, un año después del incidente el soriano de adopción y periodista Antonio Zozaya escribía en la revista Mundo Gráfico que “… un grupo de devotos del torerismo y de la majeza quisieron presentarla (a Soria) á los ojos de los españoles de todas las provincias restantes como iracunda, brutal y homicida. Ante los Tribunales de Justicia la verdad ha resplandecido. La muerte de Nacional II (hay ya dinastías cirquenses) fue un suceso vulgar, lamentable por causar la muerte de un joven valiente y pundoroso como Anlló y fue consecuencia de una violenta riña tumultuaria, en que los verdaderos sorianos no tuvieron arte ni parte. Ni el fiscal, ni los acusadores, ni uno solo de los letrados que han intervenido en el proceso se han hecho eco de las miserables calumnias que ofendieron á la vieja Numancia”. Continúa su artículo alabando el nivel cultural de los sorianos cuyo nivel de escolarización de niñas es el más alto de las capitales de España, y eso en una provincia ya entonces olvidada por las autoridades pues carece de muchos servicios públicos e infraestructuras necesarias, pero no de escuelas cuya construcción y dotación correspondía entonces a cada municipio pero que a menudo construían y dotaban los propios vecinos.


Velatorio del torero Nacional II sobre una mesa del Hotel Comercio. Foto de Tiburcio Crespo, JCyL AHPSo, Archivo Carrascosa nº 824.

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