jueves, 10 de septiembre de 2020

11/09/1928: De cuando Covaleda cambió una ley.

José Miguel García Asensio en el artículo “De cuando Covaleda cambió una ley” (Revista de Soria IIª época nº 53) recuerda que el artículo 159 de la ley del Estatuto Municipal de 8 de marzo de 1924 regulaba los aprovechamientos bienes comunales de los pueblos y su reparto, determinando que todos los vecinos empadronados en un municipio gozarían de los mismos beneficios sin tener en cuenta condiciones de vinculación, arraigo o costumbre propias de cada pueblo.

En los municipios sorianos sujetos a los suertes o repartos, y particularmente en Covaleda, dicha medida levantó mucho revuelo pues para percibirlos venían a exigirse una serie de requisitos adicionales, pero conforme a la ley, todos los vecinos tenían igual derecho sin más condicionantes.

Como no podía ser de otra forma al poco tiempo chocaron los intereses entre los partidarios de la ley y los de la costumbre local, lo que obligó a acudir a los tribunales a muchos particulares contra sus ayuntamientos.

Finalmente, el pleno del Ayuntamiento de Covaleda de 11 de septiembre de 1928 acordó solicitar a los representantes públicos la modificación del citado artículo, petición a la que pronto se le unieron las de otros ayuntamientos de la zona de Pinares, consiguiendo al año siguiente que se aprobase un Real Decreto de 8 de abril que modificó la redacción del polémico artículo 159 en el que se dieron por satisfechas las peticiones de los ayuntamientos afectados.


Calle de Covaleda (1928-1936) por Otto Wunderlich. Ministerio de Cultura, fondos del Instituto del Patrimonio Cultural Español.



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